"Todos los gitanos residentes en estos reinos salgan de ellos dentro de seis meses , y no vuelvan so pena de muerte. Y los que quisieren quedar se establezcan en ciudades , villas y lugares de estos nuestros reinos de más de mil vecinos y que no puedan utilizar traje, nombre y lengua de gitanos , y pues no lo son de nación quede perpetuamente confundido y olvidado este nombre" Con estas palabras concluía la segunda parte de esta historia. Eran palabras tomadas de la Pragmática promulgada por el rey Felipe III (1578-1621) el 28 de junio de 1619 que continuaba el proceso de persecución del pueblo gitano que comenzó ciento veinte años antes, cuando los Reyes Católicos, Isabel I de Castilla (1451-1504) y Fernando II de Aragón (1452-1516) , promulgaban la Pragmática de Medina del Campo donde los reyes se dirigían a los gitanos, entonces llamados egipcianos, con palabras que vamos a recordar ahora "Mandamos que del día que os sea notificada y pregonada esta ley en nuestra corte, y en las villas, lugares y ciudades que son cabeza de partido hasta sesenta días siguientes (al anuncio de la ley ,) cada uno de vosotros estéis viviendo de oficios conocidos , establecidos en los lugares donde queráis asentaros o en la vivienda de los señores a los que sirváis , y no andéis más tiempo juntos vagando por nuestros reinos como hacéis ahora" y en caso de no cumplir la ley "que a cada uno se de cien azotes la primera vez y le destierren perpetuamente de nuestros reinos" pero si reinciden y vuelven a ser detenidos "que os corten las orejas y estéis sesenta días encadenados y seáis desterrados de nuevo" y si fueran sorprendidos una tercera vez "seréis hechos cautivos por el resto de vuestra vida" Vimos como se sucedían las acusaciones contra ellos por su forma de vida, como eran víctimas de redadas en las que eran llevados a la fuerza a remar en las galeras o a trabajar en las peligrosas minas de mercurio de Almadén , como incluso se intentaba asimilarlos por la fuerza separando hombres y mujeres para que no pudieran reproducirse, aunque estas iniciativas no llegarían a ser aprobadas, y como después de la expulsión de los moriscos en 1609 se convertían en la última minoría que rompía la homogeneidad social que anhelaban los diferentes monarcas españoles. O eran asimilados o eran expulsados.
Escribe María Elena Sánchez Ortega en su obra "Evolución y contexto histórico de los gitanos españoles" que nos está guiando en este relato, que las costumbres de aquellos grupos gitanos "indicaban un conocimiento muy precaria del cristianismo que decían profesar, lo que no resulta extraño si tenemos en cuenta su calidad de emigrantes que adoptaron la religión musulmana en otros países" En una sociedad tan profundamente religiosa como era la española de entonces sus hábitos causan extrañeza primero y después rechazo. Recordemos las palabras que ya vimos en la segunda parte pronunciadas en las Cortes de 1594 por Jerónimo de Salamanca y Martín de Porras, donde se acusaba a los gitanos porque "Son gente que no guarda los matrimonios a la forma de la Iglesia, porque se casan parientes con parientes, sin ningunas dispensaciones y aún sin matrimonio se mezclan unos con otros sin tener cuenta con deuda de parentesco ni afinidad, ni las demás prohibiciones del derecho, y jamás se verá ninguno confesar ni recibir el Santísimo Sacramento, ni oír misa ni conocer parroquia ni cura y plegue a Dios el consentir pecados tan públicos no sea causa de otros castigos" A tanto llegaba el rechazo y el temor que causaba la presencia de los gitanos que, según señala María Elena Sánchez Ortega , proliferaban incluso relatos que los acusaban de practicar la antropofagia . También vimos como diferentes autores advertían que además de los gitanos había un gran número de personas que se unía a ellos sin ser gitanos . La Pragmática de 1619 de Felipe III era el intento de seguir el camino que se había recorrido con los moriscos y su expulsión en 1609 , ordenado que dejaran España en el plazo de seis meses al no ser que decidieran abandonar su vida nómada y se establecieran en poblaciones que debían ser de más de mil vecinos. Una vez más , como había sucedido desde la Pragmática de los Reyes Católicos, no se conseguiría hacer cumplir . Felipe III moría en 1621 y le sucedía su hijo Felipe IV (1605-1665) y durante su reinado la idea de la expulsión del pueblo gitano comienza a abandonarse. Sánchez Ortega considera que buena parte de éste cambio se debió a la crisis demográfica y económica que, sobre todo en el campo y en la zona de Levante, supuso la expulsión de cerca de 300.000 moriscos a partir de 1609.
Así lo muestra esta comunicación del Consejo Real al rey Felipe IV en marzo de 1633 donde expresan que "No parece conveniente expulsarlos (a los gitanos) porque la despoblación en que se hallan estos Reinos después que salieron los moriscos , y las que causan las necesidades presentes, no pueden sufrir ninguna evacuación por pequeña que ésta sea (ya sabemos que los gitanos sólo eran unos pocos miles en ésta época) , principalmente de esa gente que no son gitanos por naturaleza sino por artificio y bellaquería y enmendándose se reducirán a la forma de vida de los demás" Una vez más se hacía hincapié en aquellas personas que sin ser gitanos vivían con ellos o adoptaban sus usos y costumbres. Lo que sugería el Consejo Real al monarca es que impulsara una política de integración y para ello " Ha parecido más conveniente prohibirles el traje, la lengua y la forma de vida, tratos y ocupaciones que sean diferentes de los demás vecinos" Y después de prohibirles las manifestaciones propias de su cultura sugieren que se mezclen con el resto de la población "Que salgan dentro de un breve término de los barrios que ocupan con nombre de gitanos y se mezclen con los demás" pues de esa forma "no tendrán líder a quien seguir" y aquellos que osen violar estas normas "sean castigados con pena de muerte o galeras" El término gitano queda prohibido y eliminado del lenguaje " que el llamar uno a otro gitano se tenga por palabra de injuria y como tal se castigue , y que ni en las danzas ni en otro acto alguno se permita acción ni nombre de gitano" y se vigilará que no retomen sus costumbres " y las justicias atiendan con mucho recato a ver la ocupación y forma de vida que siguen , si se comunican o hacen juntas, si se casan entre si o cumplen con la solemnidad del Sacramento, si bautizan a los hijos, de lo que se podrá tomar noticia de los curas" Y los miembros del Consejo Real concluyen este escrito dirigido al rey Felipe IV "Y porque siendo Vuestra Majestad servido de que se promulgase esta ley , podría ser que muchos de los gitanos que hoy están avecindados , por no sujetarse a estas penas salgan para unirse a los que andan robando, convendría mandar que ninguno salga por tiempo de seis meses del lugar donde residiere, bajo pena de quedar esclavo del que lo prendiese"
En resumen, se exigía a los gitanos que renunciasen a su identidad cultural e incluso a su mismo nombre bajo pena de ser enviados a galeras, ser esclavizados o incluso ejecutados pero sin incluir la pena de destierro. ¿Estaría conforme el rey con esta propuesta? Pues si, porque el 4 de marzo de 1633 entraba en vigor la siguiente pragmática firmada por el monarca que os voy a reproducir en parte y que veréis que recoge las sugerencias que le habían hecho al monarca los miembros del Consejo "Los llamados gitanos , ni otros hombres y mujeres vistan ni anden con traje de gitanos, ni usen la lengua, ni se ocupen en los oficios que les están prohibidos, ni anden en ferias. Que hablen y vistan como los demás vecinos del Reino y se ocupen en los mismos oficios y ministerios, de modo que no haya diferencias entre unos y otros. Que no vivan en barrios con dichos nombres ni hagan juntas ni en público ni en secreto . Que se dividan y mezclen con los otros vecinos. Pena de doscientos azotes y seis años de galeras a los que infrinjan estas leyes ; y a las mujeres, en lugar de galeras, seis años de destierro. " Un poco más adelante prosigue "Para extirpar del todo el nombre de gitanos , nadie los llame así y se tenga y castigue por injuria grave. Y no se permita en danzas ni otro acto, acción o representación el traje y nombre de gitano so pena de dos años de destierro y 50.000 maravedís" Y no acaban aquí las prohibiciones "Ninguno de ellos se atreva a salir del pueblo en que viva; el que fuere aprehendido por los caminos quede esclavo del que lo haya prendido; y si se hallase con un arma de fuego sea conducido a galeras donde servirá ocho años " Y concluía que "Los gitanos y gitanas que no merezcan pena de muerte o galeras , queden por esclavos" . El escritor español José Luis Hernánez Garví en su artículo "La gran redada contra los gitanos" publicado en la revista "Historia de Iberia Vieja" nos cuenta que en 1639 , apenas seis años después de la entrada en vigor de ésta pragmática "se ordenó una nueva redada para capturar al mayor número posible de gitanos varones que debían servir a la fuerza a bordo en los bandos de remos de las galeras. En el transcurso de ésta leva se detuvo a medio millar de hombres, de los cuales unos doscientos terminaron en las galeras " Sin embargo, al igual que había sucedido desde 1499, resultaba difícil que estas leyes se pusieran en práctica con eficacia, y al final la situación de los gitanos no cambiaba demasiado.
María Elena Sánchez Ortega recoge esta queja del Consejo Real con fecha del 8 de mayo de 1674, ya durante el reinado del sucesor de Felipe IV, su hijo Carlos II "el Hechizado" (1661-1700) , donde muestran su disgusto porque ante la ineficacia en la aplicación de las leyes el número de gitanos, lejos de reducirse, había aumentado hasta el punto de que "no hay lugar en él y en los campos que no esté poblado de gitanos que se deben de haber retirado de otras partes , y muchos lugares de corta vecindad (poco poblados) los temen y están acobardados por cuadrillas de cincuenta y de cien gitanos que se ayudan unos a otros y tienen sus caballos con frenos y espuelas , carabinas dobles y arcabuces como los soldados de los que usan tanto para sus robos como para librarse de riesgos" Este estado de cosas llevará a una nueva pragmática en 1692 donde se vuelve a insistir en lo mismo expuesto en las anteriores pragmáticas "No anden en traje de gitanos ni hablen su lengua y jerigonza. No se les consienta vivir en barrios separados sino mezclados con los vecinos" Y en cuanto a los castigos "El infractor sea condenado a ocho años de galeras" Nada nuevo que no se hubiera expuesto ya . Tres años más tarde otra nueva pragmática, ordenaba a los gitanos que se presentaran ante las autoridades donde vivieran para registrarse ellos y sus familias , indicando sus posesiones, donde vivían y el trabajo que desempeñaban . Para ello les daban un plazo de treinta días y si transcurrido estos no habían cumplido con éste precepto los gitanos serían condenados a seis años de galeras y las gitanas a recibir cien azotes y corrían el riesgo de ser desterrados. El 1 de noviembre de 1700 fallecía Carlos II sin dejar descendencia . Durante los siguientes quince años España se verá inmersa en una lucha por el trono entre el candidato francés, Felipe de Anjou (1683-1746), nieto del rey de Francia Luis XIV (1638-1715) y el candidato del Sacro Imperio, el archiduque Carlos de Habsburgo (1685-1740). La guerra, que había derivado en un conflicto internacional, concluyo en 1713 con la firma del Tratado de Utrech , aunque los conflictos internos se mantendrían hasta 1715. El trono de España fue ocupado finalmente por Felipe de Anjou que reinaría con el nombre de Felipe V.
Los años de guerra debieron significar un respiro para los gitanos pero ya en 1717 Felipe V promulga una nueva pragmática mucho más detallada, dividida nada menos que en veintinueve capítulos . Además de obligarlos a un nuevo censo como el que ya vimos que fue obligatorio en 1695 durante el reinado de Carlos II se establece que "los gitanos que permanezcan tolerados en estos reinos no pueden tener otro ejercicio que el de la labranza y cultura de los campos", estando vetados para su ejercicio el resto de trabajos. Además "no pueden tener yegua ni bestia caballar ", "no tengan armas de fuego bajo pena de 200 azotes y ocho años de galeras", "no acudan a ferias y mercados so pena de seis años de galeras", "no habiten barrios separados de los demás vecinos ni usen traje distinto del común de todos ni hablen su jerigonza so pena de seis años de galeras a los hombres y cien azotes y destierro para las mujeres" y " en caso de aprehenderse tres o más gitanos en cuadrillas con armas de fuego a pie o a caballo , aunque no se les pruebe otro delito, incurren en pena de muerte". Son sólo algunos de los 29 capítulos de esta pragmática que vemos como sigue el camino abierto por las pragmáticas del siglo XVIII. En su capítulo XIX se exigía también a las autoridades el máximo celo en el cumplimiento de lo establecido en la pragmática "Todas las Justicias, con la mayor aplicación y celo procedan al cumplimiento de ésta pragmática, sin alterar ni dispensar en su tenor , ni disimular la menor transgresión ni culpa" Además se establecía una serie de poblaciones donde estaban obligados a residir y también trataba de fijarse quien debía ser considerado gitano "Se tenga por gitano para el efecto referido el hombre o mujer que se aprehendiese en el traje y hábito que hasta ahora ha usado este género de gente, o contra quien se pruebe que haya usado de la lengua que ellos llaman jerigonza; y lo mismo se entienda en aquellos a quienes se pruebe la fama y opinión común de haberse tenido por tales en los lugares de su morada y residencia , afirmándolo así al menos cinco testigos". Pero una vez más , y como parece una constante en toda esta historia, tampoco esta pragmática parece que tuvo el efecto deseado por quienes la redactaron.
Manuel Martínez Martínez en su ensayo "Los gitanos y las gitanas de España a mediados del siglo XVIII. El fracaso de un proyecto de exterminio" cuenta como en 1734 quien era presidente del Consejo de Castilla, Gaspar de Molina(1679-1744), "responsabilizaba a las Justicias locales de ser tolerante y consentir los desórdenes que producían los gitanos" . Uno de los aspectos más injustos, como señala María Helena Sánchez Ortega , de estas legislaciones era obligar a los gitanos a habitar sólo en determinadas localidades lo que forzaba a familias gitanas que ya estaban integradas en una localidad a abandonarla en el caso de que no estuviera entre las establecidas para su asentamiento teniendo que esperar a que se les asignara la localidad donde debían vivir. Hay documentos enviados por las familias gitanas suplicando que no se les forzara a abandonar la población donde vivían y según Sánchez Ortega a menudo eran atendidas estas peticiones, aunque no en todos los casos. En todo caso la sensación de inseguridad y los altos niveles de criminalidad se mantenían al alza en estos años y los gitanos seguían señalados por las autoridades. En 1745 se promulga una Real Célula que endurece las penas y extiende la pena de muerte a todos los gitanos que ,incluso sin estar armados, fueran sorprendidos fuera de sus vecindarios "por el mismo hecho de encontrarse con armas o sin ellas fuera de los términos de su vecindario se pueda hacer armas sobre ella y quitarles la vida" . Pero, a pesar de la dureza de esta última pragmática de Felipe V, "que obligaron a muchos gitanos a abandonar sus lugares habituales de residencia y pérdidas de bienes y posibilidades de trabajos - escribe Sánchez Ortega - Pero todavía tendría que pasar la minoría gitana por momentos mucho más amargos" Felipe V fallecía el 9 de julio de 1746 y le sucederá en el trono su hijo Fernando VI (1713-1759) y será en su reinado cuando se produzca el episodio que da título a esta historia: la Gran Redada. Una de las quejas más reiteradas en estos años es que los gitanos escapaban a la justicia solicitando asilo en las iglesias .
En el ensayo "Los gitanos en España: seis siglos de marginación" el profesor de la Universidad de Murcia, Antonio Peñafiel Ramón, cita estas palabras de Tomás Cesáreo , un miembro del Consejo de Castilla entre 1730 y 1745 donde expresa esta queja acerca del refugio en sagrado de los gitanos , que arruinaba la eficacia de todas las leyes que se habían dictado hasta entonces acerca de los gitanos, acompañado de su escándalo ante el comportamiento que supuestamente tenían en el interior de los templos "Ninguno puede negar que los gitanos no son violadores continuos de las Iglesias, pues en su sagrado cohabitan carnalmente hermanos con hermanas y parientes con parientes. Y de lo que no cabe duda es que todos practican actos carnales de su amancebamiento dentro del sagrado de las Iglesias, pues allí duermen de noche y , cuando les parece, de día , todos juntos, gitanos y gitanas, lo que es público y notorio" Durante años la Corona negociaría con la Iglesia para suprimir este derecho de asilo en lo sagrado para los gitanos. Manuel Martínez Martínez recoge en su ensayo las palabras del nuncio o embajador del papa en España, en aquel momento el cardenal italiano Enrico Enriquez (1701-1756) que escribe al papa Benedicto XIV (1675-1758) sobre los abusos cometidos por los gitanos acogidos a asilo en las iglesias convirtiendo "el atrio de las iglesias en su regular hospedaje y mansión para librarse de caer en manos de la justicia que siempre les persigue por el mal olor de su vida criminal, como a públicos perturbadores de la paz y sociedad humana " y los acusa de que "por la noche y a las horas que juzgan más cómodas continúan sus robos, delitos y excesos, causando riñas, alborotos y escándalos en los pueblos" regresando al final de la noche a su refugio en sagrado. En 1748 Benedicto XIV autorizaba que los gitanos pudieran ser detenidos en el interior de los templos, lo que significaba suspender el derecho de asilo en sagrado para ellos. Y esta decisión pondría en marcha los mecanismos que desembocarían en la gran redada, ya que ahora era posible detener a los gitanos allí donde se encontraron sin posibilidad de que pudieran buscar refugio en una iglesia, como había sido la práctica habitual hasta entonces. Siempre dentro del más estricto secreto se baraja la posibilidad de detenerlos a todos y deportarlos en pequeños grupos a América para que trabajasen allí en fábricas y minas.
El mismo año de 1748 en que Benedicto XIV había aprobado la extracción de los gitanos del refugio en sagrado era nombrado secretario de Estado de España Zenón de Somovedilla y Bengoechea, marqués de la Ensenada (1707-1781) que ya había desempeñado importantes cargos, como consejero real, durante el reinado de Felipe V. El marqués de la Ensenada quiso informarse de la eficacia que había tenido en Portugal la deportación de los gitanos a las colonias que había sido llevada a cabo en 1745. En julio de 1749 recibe la respuesta del embajador español en Lisboa, el III duque de Sotomayor, Felix Fernando Yáñez de Sotomayor (fecha desconocida -1767) que le explica que la medida de deportarlos a Brasil (recordar el cuadro que veíamos en la segunda parte de gitanos en Brasil ) y África no había dado el resultado que se esperaba "He llegado a entender que los que últimamente se expulsaron fueron conducidos a Brasil y a las colonias de Guinea pero se experimento no ser éste suficiente remedio para impedir los excesos de aquella gente , antes bien, llegaron a tales términos, que con su inquietud alborotaron todos aquellos parajes, y poco a poco , volvieron aquí muchos de ellos , aunque siempre han sido perseguidos en observancia de las leyes establecidas, y actualmente, se encuentran muy pocos en éste reino" Estas palabras fueron suficiente para desechar el plan de trasladara los gitanos a América. Posteriormente se debatirá que hacer con ellos ¿enviarlos a los arsenales, a los presidios situados en las plazas españolas en el Norte de África? Eran las posibilidades que se barajaban para los hombres. En cuanto a las mujeres serían separadas de sus esposos y confinadas, según María Elena Sánchez Ortega "en Valencia, Zaragoza y Málaga. Los niños menores de siete años quedarían a su cargo mientras que los mayores de esa edad serían enviados a los presidios y arsenales junto a sus padres para que aprendiesen algún oficio" Lo que se estaba preparando era ni más ni menos que una limpieza étnica que implicaba la detención de todos los gitanos , separando a hombres de mujeres, dividiendo las familias y procurando así la desaparición del pueblo gitano como minoría , pues los hombres teminarían, separados de sus familias, muriendo sin descendencia mientras que los niños recibirían la educación adecuada para su integración en la sociedad española. Creo que se podría hablar de un intento de exterminio , no físico, sino cultural, aunque finalmente también físico porque al mezclarse terminarían desapareciendo como minoría étnica.
Uno de los principales apoyos de éste proyecto iba a ser el obispo de Oviedo Gaspar José Vázquez Tablada (1688-1749) , que desde agosto de 1746 era presidente del Consejo de Castilla y que se encargó de tranquilizar al rey Fernando VI ante los posibles reparos morales que el monarca pudiera tener a la hora de aprobar la que ya era conocida como Gran Redada o Prisión General de Gitanos. Tomo esta declaración firmada por Vázquez Tablada y dirigida al rey del ensayo de Manuel Martínez Martínez antes citado. En ella el presidente del Consejo de Castilla se refiere a los gitanos con estas palabras "Señor, los gitanos, por su abominable modo de vivir, son en todas las naciones aborrecibles , y en estos reinos con mayor razón, por ser una gente inclinada a todos los vicios e inútil para todo lo bueno; alimentarse de sus ardides desenfrenadamente, engañando, robando, escalando y matando sin respeto a Dios ni a Vuestra Majestad" Después de esta introducción que deja bien claro lo que el presidente del Consejo de Castilla pensaba de los gitanos , se pone a la tarea de justificar lo que iba a suceder calmando los escrúpulos morales del monarca mostrando que era algo necesario por el bien del reino "Siempre he tenido por borrón de la soberanía , especialmente de un rey tan santo, justo y piadoso como el que al presente Dios nos ha concedido a los españoles , disimular o sufrir que entre sus católicos vasallos se mantengan los que llaman gitanos, gente que vive del robo, sacrilegio y otros delitos que cada uno merece un severo castigo; y aunque hace mucho tiempo se mantiene en España esta gente viviendo comúnmente acuadrillados sin que haya podido la industria de la justicia y repetidos mandatos de los reyes extirpar tan mala y perjudicial semilla que ha crecido a tanto número que se hallan hoy en España, sin excluir el reino de Galicia, Asturias y montañas, novecientas familias" Y a continuación explica que los gitanos no son delincuentes comunes, sino lo que él define con un nuevo concepto, "delincuentes de raza", lo que justifica la necesidad de separar sus familias y, sobre todo, a sus hijos para que no sigan el camino de sus padres : "Los gitanos no son como otros delincuentes que con su vida acaban sus excesos , sino delincuentes de raza , y así multiplican con ellos sus delitos, porque entre el marido y la mujer enseñan a ser como ellos a sus hijos pasando sus excesos y crímenes de generación en generación " y así concluía el obispo y presidente del Consejo de Castilla que "ha de ser virtud cortar el hilo a estas sucesivas maldades y extinguir en el reino tal casta de impiedad que se hereda de padres a hijos, viviendo casi siempre ofendiendo a Dios sin esperanza de enmienda".
DOCUMENTAL "GITANOS , LOS OTROS EUROPEOS"
No hay demasiados documentales dedicados al pueblo gitano. Éste pertenece al programa "En Portada" de Televisión Española donde retrata la discriminación que todavía hoy sufren los gitanos en Europa. Como no lo he podido bajar os dejo el enlace de YouTube
https://www.youtube.com/watch?v=BPVOW89nNZ8
En secreto comenzará a diseñarse la operación dirigida a detener a todos los gitanos presentes en el reino , la Gran Redada , dirigida por por el marqués de la Ensenada y una vez establecido el procedimiento se acordó que la operación se pondrían en marcha el 30 de julio de 1749. Las instrucciones dirigidas a los corregidores y mandos militares que debían efectuar las detenciones iban en cartas lacradas que no se abrirían hasta ese mismo día para evitar filtraciones que pudieran sobre aviso a la población gitana. En las instrucciones se establecía que "Habiendo resuelto el rey se recojan a todos los gitanos avecindados y vagantes en estos reinos (es decir, a todos sin excepción ya fueran nómadas o estuvieran establecidos en una población) sin excepción de sexo, estado ni edad " y más adelante añade que estaban incluidos aquellos acogidos a sagrado, es decir, que estuvieran refugiados en las iglesias y haciendo directamente responsables a las autoridades locales del cumplimiento de estas órdenes y concluyendo con una última instrucción "Todos los bienes de gitanos presos y fugitivos se han de embargar , inventariar y vender con cuenta justificada" y además se establece que "las personas se han de conducir para que con las noticias que por mi mano se dieren de su número y clases , se providencie la conducción a los parajes de sus destinos" El 30 de julio se puso en marcha la operación y María Elena Sánchez Ortega pone como ejemplo este episodio en el municipio sevillano de Carmona "El 30 de julio se organizó el dispositivo que debía conducir a la prisión simultánea de todos los hombres, mujeres y niños gitanos que había en Carmona. A las cinco de la mañana el corregidor (figura administrativa que ejercía como alcalde o representante de la autoridad real ) reunió en su casa a todas las autoridades con el fin de dar lectura a las órdenes que había recibido (ya sabemos que hasta ese momento habían permanecido en un sobre lacrado con instrucciones de no abrirlo hasta ese mismo día) El oficial que había llegado un mes antes a Carmona distribuyó a los cincuenta soldados de su destacamento por las distintas calles donde habitaban las familias, cerrando la entrada . A la hora convenida, los soldados cayeron sobre los habitantes de las viviendas, sacándolos de sus casas y cerrándolas con llave. Se colocaron centinelas en estos lugares y los hombres, mujeres y niños fueron conducidos a la cárcel, donde se organizó una guardia preventiva"
Es una descripción que casi nos hace recordar las redadas realizadas por los nazis en los barrios judíos durante la Segunda Guerra Mundial aunque por fortuna aquí no se buscaba su exterminio físico. Como veis , no se hizo distinción alguna entre aquellos gitanos que llevaban una vida nómada y aquellos que se hallaban establecidos en una población y estaban en proceso de integración. Todos tuvieron el mismo destino ¿De cuantas personas estamos hablando? Los números varían un poco según las fuentes que se consulten pero casi todos los que han tratado este tema la cifran entre nueve mil y doce mil personas. Y como señala Sánchez Ortega precisamente los peor parados fueron los gitanos que se hallaban establecidos, pues eran fácilmente localizables, lo que no sucedía con los nómadas " La medida - escribe Sánchez Ortega - terminó recayendo sobre los gitanos que representaban al sector más asimilado y laborioso de la minoría , puesto que los nómadas y acuadrillados no podían ser controlados con la misma facilidad que los asentados pacíficamente en los lugares asignados para ellos" Podéis imaginar las escenas que se producirían cuando los hijos mayores de siete años eran separados de sus madres y cuando los esposos eran separados a la fuerza. Hubo actos sorprendentes, como el que cita Manuel Martínez Martínez acerca de los gitanos de Vélez Málaga que fueron por propia voluntad a la prisión pues "ya sabían que se les había de prender, y que desde luego venían a que Su Majestad les mandase donde habían de ir". Se había previsto que los gastos originados por esta gran redada se sufragaran con lo obtenido de las subastas de los bienes de las familias gitanas, pero la mayoría de ellos tenían tan pocas posesiones que la mayor parte del gasto tuvo que ser pagado por las arcas del reino. Al tiempo el Consejo de Castilla comenzó a ser bombardeado con multitud de dudas y cuestiones procedentes de todo el reino y también se pusieron en marcha las reclamaciones de aquellos gitanos que podían alegar tener un oficio y hallarse asentados en una población, reclamaciones en las que contaban con el apoyo de mucha gente del pueblo "escribían los párrocos - cita Antonio Peñafiel - escribían los vecinos,escribían las familias". . Mientras a lo largo del mes de septiembre se fue enviando a los astilleros de Cádiz, El Ferrol o Cartagena a los gitanos, mientras que las mujeres eran distribuidas y concentradas en ciudades como Málaga, Valencia y Zaragoza , junto a sus hijos menores de siete años.
Tampoco los directores de los astilleros estaban felices con aquel alud de personas que además de presentar el problema inmediato para su alojamiento y alimentación no estaban capacitados para el tipo de trabajo que debían desarrollar allí. Al respecto José Luis Hernández Garvi nos explica que " en el arsenal de Cartagena no había sitio para albergar a los seiscientos hombres que fueron enviados, encerrándolos en decrépitas galeras destinadas al desguace que sirvieron como prisión flotante". Algo parecido acontecía en el arsenal de La Carraca en Cádiz donde "hubo que habilitar las naves donde se almacenaba la estopa para albergar a los más de mil gitanos puestos bajo su custodia" y añade que ante aquel alud de personas "temiendo no poder garantizar su manutención y barruntando el peligro de un motín escribió al marqués de la Ensenada para pedirle encarecidamente que no el enviase más prisioneros" Y como señala Sánchez Ortega, lejos de ayudar en la construcción de los barcos , aquellos gitanos, que no tenían conocimientos para los trabajos en el astillero, se quedaban ociosos causando nuevos problemas, convirtiéndose más en una rémora que en un auxilio. Por su parte, las mujeres gitanas también protagonizaron motines como el que tuvo lugar en la Casa de la Misericordia de Zaragoza donde algunas lograron evadirse, mientras otras desgarraban sus ropas hasta quedar desnudas en señal de protesta. Además, como señala Manuel Martínez Martínez "otro problema importante fue la paralización de las administraciones locales ante el gran volumen de trabajo burocrático y contable que se generó" En septiembre el plan de la Gran Redada mostraba ya muchas grietas . El día 7 de aquel mes el marqués de la Ensenada decía que "Falta lo principal, que es darles destino con que se impidan tantos daños y extinga si es posible esta generación" . Estas palabras "extinga si es posible esta generación" resume cual era el objetivo de la Gran Redada. Pero el paso de las semanas fue mostrando como el grueso de los detenidos eran precisamente los gitanos que se hallaban asentados, con un domicilio estable y con oficio, mientras que los nómadas seguían en libertad.
Y así llegaba la orden de liberación para muchos de ellos el 28 de octubre de 1749 donde la Corona se justificaba con estas palabras "Teniendo siempre presente que no todos aquellos que por nombre o por origen se dicen gitanos han sido comprendidos en la Real Orden de Su Majestad, quien sólo ha querido desde el principio recoger a los perniciosos y mal inclinados ,pero no a los que han sabido con sus procederes confundir el mal eco de aquella delincuente voz" Ya hemos visto que éste no era el espíritu inicial de la Gran Redada cuando en las instrucciones del 30 de julio, apenas tres meses antes, se decía "Habiendo resuelto el rey se recojan a todos los gitanos avecindados y vagantes en estos reinos ) sin excepción de sexo, estado ni edad " Con esta modificación de la ley se rompía con el espíritu universal que animaba esta política de limpieza racial, En todo caso esta sucesión de órdenes, rectificaciones y contraórdenes no hizo más que aumentar la confusión que ya reinaba entre las autoridades locales de muchos municipios. que además ahora se veían obligados a devolver los bienes que se habían confiscado a las familias gitanas, bienes que en muchos casos ya habían sido subastados. Y sobre ello la dificultad para estudiar caso a caso para saber que gitanos debían ser liberados y cuales detenidos o enviados a los astilleros o a las minas de Almadén. Las liberaciones se irían sucediendo no sólo en las semanas y meses siguientes, sino que en ocasiones estas liberaciones se dilatarían años en espera de resolver cada caso particular. Algunos de los gitanos que fueron enviados a los arsenales de El Ferrol y Cádiz tendrían que esperar hasta 1783, treinta y cuatro años después, para ser liberados, y eso aunque el 6 de julio de 1765 la Secretaría de Marina había emitido la orden de liberar a todos los gitanos que siguieran presos ,lo que significaba que cientos de ellos llevaban entonces al menos dieciséis años encarcelados. Fuera como fuese , y como nos cuenta Sánchez Ortega, para finales de 1649 "el proceso de "extinción" de los gitanos se convirtió en el mismo estruendoso fracaso que las pragmáticas anteriores " pero hubo muchos damnificados por ella, en particular "aquellas familias más débiles económica y moralmente" El obispo de Oviedo y presidente del Consejo de Castilla, Gaspar José Vázquez Tablada, uno de los principales impulsores de la Gran Redada, tuvo tiempo para darse cuenta del fracaso de éstas medidas antes de su muerte aquel mismo año, el 29 de diciembre de 1749.
En la década de los años cincuenta del siglo XVIII cientos de gitanos seguían en prisión y Sánchez Ortega cuenta como "en 1755 hay noticias de que el intendente de Valencia envió a Cartagena a cuarenta niños gitanos entre los siete y ocho años de edad con el fin de emplearles en algún trabajo" Más sangrante es éste otro caso que refiere Sánchez Ortega, cuando el gobernador de los arsenales de Cádiz pidió permiso al rey Fernando VI para liberar a los gitanos que tenía bajo su custodia, alegando su buen comportamiento , pero la respuesta fue tajante "debía retenerlos sin límite de tiempo " Durante el reinado de Fernando V ya no se volvería a legislar sobre los gitanos y el rey fallecía el 10 de agosto de 1759. Le sucede en el trono su hermano, el rey Carlos III (1716-1788) durante cuyo reinado se dejará lentamente atrás la época más oscura del pueblo gitano en España , dándose pasos reales hacia la integración o, al menos, a una cierta normalización de su situación aunque todavía habría legislaciones que harían recordar los siglos pasados. Ya vimos que el 6 de julio de 1765 la Secretaría de Marina emitía la orden de liberar a todos los gitanos que siguieran presos como consecuencia de la Gran Redada . Un año después, en 1766, era nombrado como nuevo presidente del Consejo de Castilla Pedro Pablo Abarca, conde de Aranda (1719-1798) que presenta un proyecto en el que distribuye a los gitanos en cuatro grupos. Por un lado los niños hasta quince años, a los que proponía que fueran separados de sus padres y fueran educados en hospicios para alejarlos de las malas influencias de sus progenitores. Los niños debería trabajar durante diez años como aprendices sin salario mientras que las niñas estarían obligadas a servir como criadas. Una segunda división sería la de los gitanos solteros que serían enviados a las islas y a América para casarse con los indígenas. La tercera división sería la de las parejas casadas y todavía en edad de tener hijos que deberían ser repartidas a razón de una pareja, y no más, por localidad y con la prohibición expresa de no poder alejarse más de dos kilómetros de su lugar de residencia estando sujetos a la pena de muerte si lo hacía. Y por último los ancianos y los inválidos que serían repartidos por todo el país en parroquias donde pudieran vivir de la limosna.
Según Sánchez Ortega éste proyecto fue votado por el Consejo el 10 de febrero de 1772 y el conde de Aranda, que no estaba presente por hallarse enfermo, envió una nota en la que expresaba que "Si se toma la resolución de extinguir esta casta libertina y criminal no ha de servir de embarazo el mayor coste cuando mediante el elevado y piadoso fin" , es decir, que lo que costase el proyecto estaba bien empleado si el reino se libraba de los gitanos. Por fortuna tampoco esta legislación saldría adelante. Y así llegamos al punto culminante en lo que se refiere a la relación entre la Corona y los gitanos con la Pragmática del 19 de septiembre de 1783 firmada por Carlos III y que es clave porque ella iba a regir la postura del Estado ante los gitanos hasta 1878. Es muy larga porque sólo voy a citar algunos artículos claves, y creo que el capítulo I de la pragmática recoge el gran cambio de actitud del Rey hacia los gitanos cuando enuncia que ya no serán tratados como una raza infecta "Los llamados gitanos no lo son por origen ni por naturaleza ni provienen de raíz infecta" Reitera en su artículo II la exigencia de que abandonen su lengua y sus formas de vestir diferentes del resto "No usen de la lengua, traje y método de vida nómada que han usado hasta el presente" pero ya no distingue unas penas especiales por ser gitanos sino que serán juzgados y tratados como cualquier otra persona, así lo establece el artículo X "Los que cometieren delitos después de su reforma y aplicación serán castigados como los demás reos de iguales crímenes sin distinción alguna" También se les permitirá desempeñar diferentes oficios , a diferencia del pasado en el que sólo podían trabajar en el campo , tal y como reza el articulo VII "abandonando la lengua, traje y método de vida se apliquen al oficio , ejercicio u ocupación honesta, sin distinción de la labranza o las artes" También se ocupa la pragmática del cuidado de los niños que serán apartados de sus padres cuando estos no cuiden de ellos o no tengan oficio , siendo enviados a hospicios para que reciban enseñanza y su manutención correrá a cargo de los ayuntamientos. En cuanto a los castigos son severos pero la pena de muerte o la amputación de las orejas será sustituida por "pena del sello en la espalda", una marca al rojo vivo , pero con la advertencia de que si reinciden serán condenados a muerte. Aunque hoy en día nos pueda parecer términos duros ya no se hablaba de deportación, ni de exterminio, ni de separación del resto de la población. Teniendo en cuenta de donde se venía, la Gran Redada ,era un importante paso adelante en la integración, un proceso que con muchos altos y bajos continuaría en los siglos siguientes. Pero eso ya será tema de otra historia. Me detengo aquí pues mi pretensión era llegar hasta la Gran Redada y contaros aquellos primeros y duros siglos desde la llegada de los primeros grupos de "egipcianos" en el siglo XV hasta esta Pragmática de 1783. Y quiero terminarla con aquella frase que citaba al inicio de esta historia, en su primera parte, del político español y perteneciente al pueblo gitano, Agustín Vega Cortés (1955) "Pueden existir pueblos que no tengan territorio, que no tengan ni siquiera la pretensión de tenerlo, pero si mantienen su cultura, su "sentirse pueblo", pueden existir durante siglos. El mundo está lleno de ejemplos que nos demuestran hasta qué punto eso es así; los gitanos somos uno de esos pueblos; no somos más, pero tampoco menos".
Enlace con la primera parte de La Gran Redada de 1749:
http://chrismielost.blogspot.com.es/2016/07/la-gran-redada-de-1749-primera-parte.html
Enlace con la segunda parte de La Gran Redada de 1749:
http://chrismielost.blogspot.com.es/2016/07/la-gran-redada-de-1749-segunda-parte.html
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Felipe III (1578-1621), hijo y sucesor de Felipe II (1528-1598) retratado por el pintor flamenco Frans Pourbus el Joven (1569-1622). Después de la expulsión de los moriscos en 1609 pretendía hacer lo mismo con los gitanos, bien asimilándolos dentro de la sociedad haciendo que perdieran sus señas de identidad o, en caso de resistirse a ello, expulsándolos . Recordemos lo que decía la Pragmática de 1619 "Todos los gitanos residentes en estos Reinos salgan de ellos dentro de seis meses y no vuelvan so pena de muerte . Los que quieran quedarse se avecinen en los pueblos de mil personas o más y no podrán usar el traje, nombre y lengua de gitanos: y pues que no lo son quede perpetuamente confundido y olvidado éste nombre y uso . Y por ningún caso puedan tratar en la compra y venta de ganados so dicha pena " Veremos como en las siguientes pragmáticas se insistirá repetidamente en la necesidad de que abandonen su lengua (a la que suelen referirse como jerigonza), sus particulares formas de vestir, la prohibición de participar en ferias y el mismo uso del nombre de gitano. En este caso les permiten establecerse en cualquier localidad siempre que tenga mil o más habitantes. Ya en el siglo XVIII estarán obligados a vivir en unas determinadas poblaciones establecidas por ley (Imagen procedente de https://es.wikipedia.org ) |
Escribe María Elena Sánchez Ortega en su obra "Evolución y contexto histórico de los gitanos españoles" que nos está guiando en este relato, que las costumbres de aquellos grupos gitanos "indicaban un conocimiento muy precaria del cristianismo que decían profesar, lo que no resulta extraño si tenemos en cuenta su calidad de emigrantes que adoptaron la religión musulmana en otros países" En una sociedad tan profundamente religiosa como era la española de entonces sus hábitos causan extrañeza primero y después rechazo. Recordemos las palabras que ya vimos en la segunda parte pronunciadas en las Cortes de 1594 por Jerónimo de Salamanca y Martín de Porras, donde se acusaba a los gitanos porque "Son gente que no guarda los matrimonios a la forma de la Iglesia, porque se casan parientes con parientes, sin ningunas dispensaciones y aún sin matrimonio se mezclan unos con otros sin tener cuenta con deuda de parentesco ni afinidad, ni las demás prohibiciones del derecho, y jamás se verá ninguno confesar ni recibir el Santísimo Sacramento, ni oír misa ni conocer parroquia ni cura y plegue a Dios el consentir pecados tan públicos no sea causa de otros castigos" A tanto llegaba el rechazo y el temor que causaba la presencia de los gitanos que, según señala María Elena Sánchez Ortega , proliferaban incluso relatos que los acusaban de practicar la antropofagia . También vimos como diferentes autores advertían que además de los gitanos había un gran número de personas que se unía a ellos sin ser gitanos . La Pragmática de 1619 de Felipe III era el intento de seguir el camino que se había recorrido con los moriscos y su expulsión en 1609 , ordenado que dejaran España en el plazo de seis meses al no ser que decidieran abandonar su vida nómada y se establecieran en poblaciones que debían ser de más de mil vecinos. Una vez más , como había sucedido desde la Pragmática de los Reyes Católicos, no se conseguiría hacer cumplir . Felipe III moría en 1621 y le sucedía su hijo Felipe IV (1605-1665) y durante su reinado la idea de la expulsión del pueblo gitano comienza a abandonarse. Sánchez Ortega considera que buena parte de éste cambio se debió a la crisis demográfica y económica que, sobre todo en el campo y en la zona de Levante, supuso la expulsión de cerca de 300.000 moriscos a partir de 1609.
Fotografía de una gitana de Granada tomada en 1917 para la revista National Geographic Al no disponer de testimonios de primera mano de la población gitana casi todos los testimonios que han llegado hasta nosotros son negativos y muy críticos con el pueblo gitano pero también con aquellos que sin serlo se unían a ellos. El clérigo y economista Sancho de Moncada (hacia 1580-1638) en su obra "Restauración política de España" publicada en 1618, un año antes de la Pragmática de Felipe III sobre los gitanos, escribe sobre ellos que "No son labradores, hortelanos, oficiales ni mercaderes y sólo sirven de lo que los lobos, de robar y huir" Y el también clérigo además de historiador, Pedro de Salazar y Mendoza (1549-1629), refiere como caminan con ellos muchos que no son gitanos "Los gitanos se han llevado muchos holgazanes y vagabundos para vivir a sus anchas. Porque cosa muy sabida es que muchos de los que andan con los gitanos, así hombres como mujeres, son españoles" (Imagen procedente de https://es.wikipedia.org ) |
Así lo muestra esta comunicación del Consejo Real al rey Felipe IV en marzo de 1633 donde expresan que "No parece conveniente expulsarlos (a los gitanos) porque la despoblación en que se hallan estos Reinos después que salieron los moriscos , y las que causan las necesidades presentes, no pueden sufrir ninguna evacuación por pequeña que ésta sea (ya sabemos que los gitanos sólo eran unos pocos miles en ésta época) , principalmente de esa gente que no son gitanos por naturaleza sino por artificio y bellaquería y enmendándose se reducirán a la forma de vida de los demás" Una vez más se hacía hincapié en aquellas personas que sin ser gitanos vivían con ellos o adoptaban sus usos y costumbres. Lo que sugería el Consejo Real al monarca es que impulsara una política de integración y para ello " Ha parecido más conveniente prohibirles el traje, la lengua y la forma de vida, tratos y ocupaciones que sean diferentes de los demás vecinos" Y después de prohibirles las manifestaciones propias de su cultura sugieren que se mezclen con el resto de la población "Que salgan dentro de un breve término de los barrios que ocupan con nombre de gitanos y se mezclen con los demás" pues de esa forma "no tendrán líder a quien seguir" y aquellos que osen violar estas normas "sean castigados con pena de muerte o galeras" El término gitano queda prohibido y eliminado del lenguaje " que el llamar uno a otro gitano se tenga por palabra de injuria y como tal se castigue , y que ni en las danzas ni en otro acto alguno se permita acción ni nombre de gitano" y se vigilará que no retomen sus costumbres " y las justicias atiendan con mucho recato a ver la ocupación y forma de vida que siguen , si se comunican o hacen juntas, si se casan entre si o cumplen con la solemnidad del Sacramento, si bautizan a los hijos, de lo que se podrá tomar noticia de los curas" Y los miembros del Consejo Real concluyen este escrito dirigido al rey Felipe IV "Y porque siendo Vuestra Majestad servido de que se promulgase esta ley , podría ser que muchos de los gitanos que hoy están avecindados , por no sujetarse a estas penas salgan para unirse a los que andan robando, convendría mandar que ninguno salga por tiempo de seis meses del lugar donde residiere, bajo pena de quedar esclavo del que lo prendiese"
Retrato del hijo y sucesor de Felipe III, Felipe IV(1605-1665) realizado por Diego Velázquez (1599-1660) . Durante su reinado se endurecerían las medidas contra los gitanos, aunque repitiendo lo ya expuesto en pragmáticas anteriores. Se difundían todo tipo de bulos y mitos sobre los gitanos , como éste que cita María Elena Sánchez Ortega y que se hallaba incluido en el "Discurso contra los gitanos" de Juan de Quiñones dirigido al rey Felipe IV y donde cuenta incluso episodios de antropofagia "Y el año pasado de 1629 dando tormento a cuatro gitanos confesaron haber muerto a un fraile de la Orden de San Francisco y que se lo comieron. Y también a una gitana y a una peregrina" Y no es el único relato de ésta naturaleza que cuenta Quiñones en su obra "Un pastor de la ciudad de Guadix, yendo perdido por la Sierra de Gadol, vio una lumbre , y entendiendo que era de pastores fue hacia ella , y halló una cuadrilla de gitanos que estaban asando la mitad de un hombre" Estos relatos, aunque fueran exageraciones e infundios, corrían por las poblaciones acrecentando el temor y rechazo hacia los gitanos (Imagen procedente de https://es.wikipedia.org ) |
En resumen, se exigía a los gitanos que renunciasen a su identidad cultural e incluso a su mismo nombre bajo pena de ser enviados a galeras, ser esclavizados o incluso ejecutados pero sin incluir la pena de destierro. ¿Estaría conforme el rey con esta propuesta? Pues si, porque el 4 de marzo de 1633 entraba en vigor la siguiente pragmática firmada por el monarca que os voy a reproducir en parte y que veréis que recoge las sugerencias que le habían hecho al monarca los miembros del Consejo "Los llamados gitanos , ni otros hombres y mujeres vistan ni anden con traje de gitanos, ni usen la lengua, ni se ocupen en los oficios que les están prohibidos, ni anden en ferias. Que hablen y vistan como los demás vecinos del Reino y se ocupen en los mismos oficios y ministerios, de modo que no haya diferencias entre unos y otros. Que no vivan en barrios con dichos nombres ni hagan juntas ni en público ni en secreto . Que se dividan y mezclen con los otros vecinos. Pena de doscientos azotes y seis años de galeras a los que infrinjan estas leyes ; y a las mujeres, en lugar de galeras, seis años de destierro. " Un poco más adelante prosigue "Para extirpar del todo el nombre de gitanos , nadie los llame así y se tenga y castigue por injuria grave. Y no se permita en danzas ni otro acto, acción o representación el traje y nombre de gitano so pena de dos años de destierro y 50.000 maravedís" Y no acaban aquí las prohibiciones "Ninguno de ellos se atreva a salir del pueblo en que viva; el que fuere aprehendido por los caminos quede esclavo del que lo haya prendido; y si se hallase con un arma de fuego sea conducido a galeras donde servirá ocho años " Y concluía que "Los gitanos y gitanas que no merezcan pena de muerte o galeras , queden por esclavos" . El escritor español José Luis Hernánez Garví en su artículo "La gran redada contra los gitanos" publicado en la revista "Historia de Iberia Vieja" nos cuenta que en 1639 , apenas seis años después de la entrada en vigor de ésta pragmática "se ordenó una nueva redada para capturar al mayor número posible de gitanos varones que debían servir a la fuerza a bordo en los bandos de remos de las galeras. En el transcurso de ésta leva se detuvo a medio millar de hombres, de los cuales unos doscientos terminaron en las galeras " Sin embargo, al igual que había sucedido desde 1499, resultaba difícil que estas leyes se pusieran en práctica con eficacia, y al final la situación de los gitanos no cambiaba demasiado.
Campamento gitano en una postal francesa del siglo XIX. María Elena Sánchez Ortega recoge las acusaciones que la Mesta, la asociación que agrupaba a los pastores y ganaderos castellanos , lanzaba contra los gitanos como ésta que fue expuesta en el Consejo de Castilla el 10 de febrero de 1635 " Una de las calamidades mayores que los ganaderos padecen es de los gitanos , que divididos en tropas toman los ganados, consumiendo los que han menester y vendiendo lo que les sobra con la misma libertad que si fueran propios" (Imagen procedente de es.m.wikipedia.org ) |
María Elena Sánchez Ortega recoge esta queja del Consejo Real con fecha del 8 de mayo de 1674, ya durante el reinado del sucesor de Felipe IV, su hijo Carlos II "el Hechizado" (1661-1700) , donde muestran su disgusto porque ante la ineficacia en la aplicación de las leyes el número de gitanos, lejos de reducirse, había aumentado hasta el punto de que "no hay lugar en él y en los campos que no esté poblado de gitanos que se deben de haber retirado de otras partes , y muchos lugares de corta vecindad (poco poblados) los temen y están acobardados por cuadrillas de cincuenta y de cien gitanos que se ayudan unos a otros y tienen sus caballos con frenos y espuelas , carabinas dobles y arcabuces como los soldados de los que usan tanto para sus robos como para librarse de riesgos" Este estado de cosas llevará a una nueva pragmática en 1692 donde se vuelve a insistir en lo mismo expuesto en las anteriores pragmáticas "No anden en traje de gitanos ni hablen su lengua y jerigonza. No se les consienta vivir en barrios separados sino mezclados con los vecinos" Y en cuanto a los castigos "El infractor sea condenado a ocho años de galeras" Nada nuevo que no se hubiera expuesto ya . Tres años más tarde otra nueva pragmática, ordenaba a los gitanos que se presentaran ante las autoridades donde vivieran para registrarse ellos y sus familias , indicando sus posesiones, donde vivían y el trabajo que desempeñaban . Para ello les daban un plazo de treinta días y si transcurrido estos no habían cumplido con éste precepto los gitanos serían condenados a seis años de galeras y las gitanas a recibir cien azotes y corrían el riesgo de ser desterrados. El 1 de noviembre de 1700 fallecía Carlos II sin dejar descendencia . Durante los siguientes quince años España se verá inmersa en una lucha por el trono entre el candidato francés, Felipe de Anjou (1683-1746), nieto del rey de Francia Luis XIV (1638-1715) y el candidato del Sacro Imperio, el archiduque Carlos de Habsburgo (1685-1740). La guerra, que había derivado en un conflicto internacional, concluyo en 1713 con la firma del Tratado de Utrech , aunque los conflictos internos se mantendrían hasta 1715. El trono de España fue ocupado finalmente por Felipe de Anjou que reinaría con el nombre de Felipe V.
Retrato del hijo y sucesor de Felipe IV, Carlos II "el Hechizado" (1661-1700) retratado aquí por le pintor español Juan Carreño de Miranda (1614-1685) , Será el último monarca de la dinastía de los Habsburgo en España . Durante su reinado se promulgan nuevas pragmáticas sobre los gitanos que inciden en las mismas restricciones que las de épocas anteriores. Así, en la de 1692 se establece que: "En ningún pueblo de menos de mil vecinos asistan y se avecinen gitanos y gitanas . Y en los de más de mil vecinos sólo pueden subsistir aplicados a la labor de las tierras y no a otro oficio ni empleo" Y a continuación las consabidas prohibiciones de usar su lengua, sus trajes y el nombre de gitanos, que no habiten barrios separados ni acudan a ferias ni mercados o incuso tenían prohibida la posesión de un caballo . En la Pragmática de 1695 se introducirá una novedad , el registro de los gitanos que debían dar nombre y apellidos así como los de sus cónyuges e hijos , el oficio que ejercían así como si eran poseedores de armas, de animales y de una casa (Imagen procedente de https://es.wikipedia.org ) |
Los años de guerra debieron significar un respiro para los gitanos pero ya en 1717 Felipe V promulga una nueva pragmática mucho más detallada, dividida nada menos que en veintinueve capítulos . Además de obligarlos a un nuevo censo como el que ya vimos que fue obligatorio en 1695 durante el reinado de Carlos II se establece que "los gitanos que permanezcan tolerados en estos reinos no pueden tener otro ejercicio que el de la labranza y cultura de los campos", estando vetados para su ejercicio el resto de trabajos. Además "no pueden tener yegua ni bestia caballar ", "no tengan armas de fuego bajo pena de 200 azotes y ocho años de galeras", "no acudan a ferias y mercados so pena de seis años de galeras", "no habiten barrios separados de los demás vecinos ni usen traje distinto del común de todos ni hablen su jerigonza so pena de seis años de galeras a los hombres y cien azotes y destierro para las mujeres" y " en caso de aprehenderse tres o más gitanos en cuadrillas con armas de fuego a pie o a caballo , aunque no se les pruebe otro delito, incurren en pena de muerte". Son sólo algunos de los 29 capítulos de esta pragmática que vemos como sigue el camino abierto por las pragmáticas del siglo XVIII. En su capítulo XIX se exigía también a las autoridades el máximo celo en el cumplimiento de lo establecido en la pragmática "Todas las Justicias, con la mayor aplicación y celo procedan al cumplimiento de ésta pragmática, sin alterar ni dispensar en su tenor , ni disimular la menor transgresión ni culpa" Además se establecía una serie de poblaciones donde estaban obligados a residir y también trataba de fijarse quien debía ser considerado gitano "Se tenga por gitano para el efecto referido el hombre o mujer que se aprehendiese en el traje y hábito que hasta ahora ha usado este género de gente, o contra quien se pruebe que haya usado de la lengua que ellos llaman jerigonza; y lo mismo se entienda en aquellos a quienes se pruebe la fama y opinión común de haberse tenido por tales en los lugares de su morada y residencia , afirmándolo así al menos cinco testigos". Pero una vez más , y como parece una constante en toda esta historia, tampoco esta pragmática parece que tuvo el efecto deseado por quienes la redactaron.
Retrato de Felipe V por el pintor francés Jean Ranc (1674-1735 ). El primer miembro de la dinastía Borbón que reinaría en España, no empezó a legislar sobre los gitanos hasta 1717 , pues antes estuvo muy ocupado librando la Guerra de Sucesión en la que disputaba el trono al archiduque Carlos de Habsburgo . Precisamente en la pragmática de 1717 se estable la obligación de realizar un nuevo registro de los gitanos, para los que tenían un plazo de treinta días a partir de la entrada en vigor de la Pragmática y de no cumplirse serían castigados con las penas que ya hemos ido viendo. En ella también se establece por primera vez una relación de localidades donde podían y debían residir y sólo en ellas: Toledo, Guadalajara, Cuenca, Ávila, Segovia, León ,Toro , Palencia, Aranda de Duero, Burgos, Soria, Ágreda, Santo Domingo de la Calzada, Logroño, San Clemente, Ciudad Real, Chinchilla, Murcia, Plasencia, Cáceres, Trujillo , Córdoba, Antequera, Ronda, Carmona, Jaén, Úbeda, Alcalá la Real. Oviedo, Orense, Betanzos, San Felipe, Orihuela, Alcira, Castellón de la Plana, Calatayud, Tarazona, Teruel, Daroca, Borja y Barbastro Se producirán muchas reclamaciones de aquella familias gitanas que se hallaban ya establecidas en alguna localidad que no se encontraba dentro de ésta lista y que , por tanto, trataban de impedir que les obligaran a trasladarse a otras poblaciones. Esto también significa que ya por entonces muchos de ellos habían abandonado la vida nómada y ya se encontraban viviendo de forma permanente en poblaciones (Imagen procedente de https://es.wikipedia.org ) |
Manuel Martínez Martínez en su ensayo "Los gitanos y las gitanas de España a mediados del siglo XVIII. El fracaso de un proyecto de exterminio" cuenta como en 1734 quien era presidente del Consejo de Castilla, Gaspar de Molina(1679-1744), "responsabilizaba a las Justicias locales de ser tolerante y consentir los desórdenes que producían los gitanos" . Uno de los aspectos más injustos, como señala María Helena Sánchez Ortega , de estas legislaciones era obligar a los gitanos a habitar sólo en determinadas localidades lo que forzaba a familias gitanas que ya estaban integradas en una localidad a abandonarla en el caso de que no estuviera entre las establecidas para su asentamiento teniendo que esperar a que se les asignara la localidad donde debían vivir. Hay documentos enviados por las familias gitanas suplicando que no se les forzara a abandonar la población donde vivían y según Sánchez Ortega a menudo eran atendidas estas peticiones, aunque no en todos los casos. En todo caso la sensación de inseguridad y los altos niveles de criminalidad se mantenían al alza en estos años y los gitanos seguían señalados por las autoridades. En 1745 se promulga una Real Célula que endurece las penas y extiende la pena de muerte a todos los gitanos que ,incluso sin estar armados, fueran sorprendidos fuera de sus vecindarios "por el mismo hecho de encontrarse con armas o sin ellas fuera de los términos de su vecindario se pueda hacer armas sobre ella y quitarles la vida" . Pero, a pesar de la dureza de esta última pragmática de Felipe V, "que obligaron a muchos gitanos a abandonar sus lugares habituales de residencia y pérdidas de bienes y posibilidades de trabajos - escribe Sánchez Ortega - Pero todavía tendría que pasar la minoría gitana por momentos mucho más amargos" Felipe V fallecía el 9 de julio de 1746 y le sucederá en el trono su hijo Fernando VI (1713-1759) y será en su reinado cuando se produzca el episodio que da título a esta historia: la Gran Redada. Una de las quejas más reiteradas en estos años es que los gitanos escapaban a la justicia solicitando asilo en las iglesias .
Fernando VI retratado por el pintor francés Louis Michel Van Loo (1707-1771), hijo y sucesor de Felipe V. Será durante su reinado cuando se impulse el proyecto que buscaba extirpar a los gitanos de la sociedad española dando lugar a la Gran Redada , también conocida como Prisión general de gitanos. Escribe María Elena Sánchez Ortega que: "La ineficacia de las medidas dictadas hasta entonces contra ellos y las nuevas corrientes político-económicas en boga en Europa, que pretendían hacer desaparecer a los grupos ociosos y peligrosos inspirarían la radical idea de "exterminar" a la raza gitana" Cuando se habla del exterminio del pueblo gitano no hay que entenderlo como la eliminación física de los gitanos como los nazis hicieron con los judíos , pero si de adoptar las medidas que supusieran la desaparición del pueblo gitano como cultura y, finalmente, también física al mezclarse e integrarse con la población del país . (Imagen procedente de https://es.wikipedia.org ) |
En el ensayo "Los gitanos en España: seis siglos de marginación" el profesor de la Universidad de Murcia, Antonio Peñafiel Ramón, cita estas palabras de Tomás Cesáreo , un miembro del Consejo de Castilla entre 1730 y 1745 donde expresa esta queja acerca del refugio en sagrado de los gitanos , que arruinaba la eficacia de todas las leyes que se habían dictado hasta entonces acerca de los gitanos, acompañado de su escándalo ante el comportamiento que supuestamente tenían en el interior de los templos "Ninguno puede negar que los gitanos no son violadores continuos de las Iglesias, pues en su sagrado cohabitan carnalmente hermanos con hermanas y parientes con parientes. Y de lo que no cabe duda es que todos practican actos carnales de su amancebamiento dentro del sagrado de las Iglesias, pues allí duermen de noche y , cuando les parece, de día , todos juntos, gitanos y gitanas, lo que es público y notorio" Durante años la Corona negociaría con la Iglesia para suprimir este derecho de asilo en lo sagrado para los gitanos. Manuel Martínez Martínez recoge en su ensayo las palabras del nuncio o embajador del papa en España, en aquel momento el cardenal italiano Enrico Enriquez (1701-1756) que escribe al papa Benedicto XIV (1675-1758) sobre los abusos cometidos por los gitanos acogidos a asilo en las iglesias convirtiendo "el atrio de las iglesias en su regular hospedaje y mansión para librarse de caer en manos de la justicia que siempre les persigue por el mal olor de su vida criminal, como a públicos perturbadores de la paz y sociedad humana " y los acusa de que "por la noche y a las horas que juzgan más cómodas continúan sus robos, delitos y excesos, causando riñas, alborotos y escándalos en los pueblos" regresando al final de la noche a su refugio en sagrado. En 1748 Benedicto XIV autorizaba que los gitanos pudieran ser detenidos en el interior de los templos, lo que significaba suspender el derecho de asilo en sagrado para ellos. Y esta decisión pondría en marcha los mecanismos que desembocarían en la gran redada, ya que ahora era posible detener a los gitanos allí donde se encontraron sin posibilidad de que pudieran buscar refugio en una iglesia, como había sido la práctica habitual hasta entonces. Siempre dentro del más estricto secreto se baraja la posibilidad de detenerlos a todos y deportarlos en pequeños grupos a América para que trabajasen allí en fábricas y minas.
El Marques de la Ensenada , Secretario de Estado bajo el reinado de Fernando VI entre los años 1748 y 1754, retratado por el pintor italiano Jacopo Amigoni (1682-1752). Fue el hombre que diseñó la Gran Redada. En las directrices secretas que se enviaron a los corregidores para que las pusieran en práctica el día establecido para la Gran Redada, el 30 de julio de 1749 , iban encabezada con esta justificación de las acciones que tendrían que poner en práctica contra los gitanos: "No habiendo llegado el deseado católico fin de Su Majestad todas las disposiciones y órdenes que se han dado para contener el vago y dañino pueblo que infecta España de gitanos, a su cumplimiento continuado en sus feos delitos y perturbando el sosiego del país. Siendo preciso remedio que debáis curar tan grave enfermedad, es el único, exterminarlos de una vez" (Imagen procedente de https://es.wikipedia.org) |
El mismo año de 1748 en que Benedicto XIV había aprobado la extracción de los gitanos del refugio en sagrado era nombrado secretario de Estado de España Zenón de Somovedilla y Bengoechea, marqués de la Ensenada (1707-1781) que ya había desempeñado importantes cargos, como consejero real, durante el reinado de Felipe V. El marqués de la Ensenada quiso informarse de la eficacia que había tenido en Portugal la deportación de los gitanos a las colonias que había sido llevada a cabo en 1745. En julio de 1749 recibe la respuesta del embajador español en Lisboa, el III duque de Sotomayor, Felix Fernando Yáñez de Sotomayor (fecha desconocida -1767) que le explica que la medida de deportarlos a Brasil (recordar el cuadro que veíamos en la segunda parte de gitanos en Brasil ) y África no había dado el resultado que se esperaba "He llegado a entender que los que últimamente se expulsaron fueron conducidos a Brasil y a las colonias de Guinea pero se experimento no ser éste suficiente remedio para impedir los excesos de aquella gente , antes bien, llegaron a tales términos, que con su inquietud alborotaron todos aquellos parajes, y poco a poco , volvieron aquí muchos de ellos , aunque siempre han sido perseguidos en observancia de las leyes establecidas, y actualmente, se encuentran muy pocos en éste reino" Estas palabras fueron suficiente para desechar el plan de trasladara los gitanos a América. Posteriormente se debatirá que hacer con ellos ¿enviarlos a los arsenales, a los presidios situados en las plazas españolas en el Norte de África? Eran las posibilidades que se barajaban para los hombres. En cuanto a las mujeres serían separadas de sus esposos y confinadas, según María Elena Sánchez Ortega "en Valencia, Zaragoza y Málaga. Los niños menores de siete años quedarían a su cargo mientras que los mayores de esa edad serían enviados a los presidios y arsenales junto a sus padres para que aprendiesen algún oficio" Lo que se estaba preparando era ni más ni menos que una limpieza étnica que implicaba la detención de todos los gitanos , separando a hombres de mujeres, dividiendo las familias y procurando así la desaparición del pueblo gitano como minoría , pues los hombres teminarían, separados de sus familias, muriendo sin descendencia mientras que los niños recibirían la educación adecuada para su integración en la sociedad española. Creo que se podría hablar de un intento de exterminio , no físico, sino cultural, aunque finalmente también físico porque al mezclarse terminarían desapareciendo como minoría étnica.
"Campamento de gitanos con carro" obra del pintor holandés Vincent Van Gogh (1853-1890) Una muestra del tipo de pensamiento que animaba la Gran Redada lo encontramos en estas palabras del confesor del rey Fernando VI, el jesuita Francisco Rávago (1685-1763) , que además era amigo personal tanto del papa Benedicto XIV como del Marqués de la Ensenada: " Me parecen bien los medios que propone el gobernador del Consejo (se refiere al obispo Gaspar José Vázquez Tablada del que os hablo más abajo) para extirpar esta mala raza de gentes, odiosa a Dios y perniciosa a los hombres. Grande obsequio hará el Rey a Dios nuestro Señor si lograse extinguir a esa gente" (Imagen procedente de playadelcastillo.blogspot.com) |
Uno de los principales apoyos de éste proyecto iba a ser el obispo de Oviedo Gaspar José Vázquez Tablada (1688-1749) , que desde agosto de 1746 era presidente del Consejo de Castilla y que se encargó de tranquilizar al rey Fernando VI ante los posibles reparos morales que el monarca pudiera tener a la hora de aprobar la que ya era conocida como Gran Redada o Prisión General de Gitanos. Tomo esta declaración firmada por Vázquez Tablada y dirigida al rey del ensayo de Manuel Martínez Martínez antes citado. En ella el presidente del Consejo de Castilla se refiere a los gitanos con estas palabras "Señor, los gitanos, por su abominable modo de vivir, son en todas las naciones aborrecibles , y en estos reinos con mayor razón, por ser una gente inclinada a todos los vicios e inútil para todo lo bueno; alimentarse de sus ardides desenfrenadamente, engañando, robando, escalando y matando sin respeto a Dios ni a Vuestra Majestad" Después de esta introducción que deja bien claro lo que el presidente del Consejo de Castilla pensaba de los gitanos , se pone a la tarea de justificar lo que iba a suceder calmando los escrúpulos morales del monarca mostrando que era algo necesario por el bien del reino "Siempre he tenido por borrón de la soberanía , especialmente de un rey tan santo, justo y piadoso como el que al presente Dios nos ha concedido a los españoles , disimular o sufrir que entre sus católicos vasallos se mantengan los que llaman gitanos, gente que vive del robo, sacrilegio y otros delitos que cada uno merece un severo castigo; y aunque hace mucho tiempo se mantiene en España esta gente viviendo comúnmente acuadrillados sin que haya podido la industria de la justicia y repetidos mandatos de los reyes extirpar tan mala y perjudicial semilla que ha crecido a tanto número que se hallan hoy en España, sin excluir el reino de Galicia, Asturias y montañas, novecientas familias" Y a continuación explica que los gitanos no son delincuentes comunes, sino lo que él define con un nuevo concepto, "delincuentes de raza", lo que justifica la necesidad de separar sus familias y, sobre todo, a sus hijos para que no sigan el camino de sus padres : "Los gitanos no son como otros delincuentes que con su vida acaban sus excesos , sino delincuentes de raza , y así multiplican con ellos sus delitos, porque entre el marido y la mujer enseñan a ser como ellos a sus hijos pasando sus excesos y crímenes de generación en generación " y así concluía el obispo y presidente del Consejo de Castilla que "ha de ser virtud cortar el hilo a estas sucesivas maldades y extinguir en el reino tal casta de impiedad que se hereda de padres a hijos, viviendo casi siempre ofendiendo a Dios sin esperanza de enmienda".
DOCUMENTAL "GITANOS , LOS OTROS EUROPEOS"
No hay demasiados documentales dedicados al pueblo gitano. Éste pertenece al programa "En Portada" de Televisión Española donde retrata la discriminación que todavía hoy sufren los gitanos en Europa. Como no lo he podido bajar os dejo el enlace de YouTube
https://www.youtube.com/watch?v=BPVOW89nNZ8
En secreto comenzará a diseñarse la operación dirigida a detener a todos los gitanos presentes en el reino , la Gran Redada , dirigida por por el marqués de la Ensenada y una vez establecido el procedimiento se acordó que la operación se pondrían en marcha el 30 de julio de 1749. Las instrucciones dirigidas a los corregidores y mandos militares que debían efectuar las detenciones iban en cartas lacradas que no se abrirían hasta ese mismo día para evitar filtraciones que pudieran sobre aviso a la población gitana. En las instrucciones se establecía que "Habiendo resuelto el rey se recojan a todos los gitanos avecindados y vagantes en estos reinos (es decir, a todos sin excepción ya fueran nómadas o estuvieran establecidos en una población) sin excepción de sexo, estado ni edad " y más adelante añade que estaban incluidos aquellos acogidos a sagrado, es decir, que estuvieran refugiados en las iglesias y haciendo directamente responsables a las autoridades locales del cumplimiento de estas órdenes y concluyendo con una última instrucción "Todos los bienes de gitanos presos y fugitivos se han de embargar , inventariar y vender con cuenta justificada" y además se establece que "las personas se han de conducir para que con las noticias que por mi mano se dieren de su número y clases , se providencie la conducción a los parajes de sus destinos" El 30 de julio se puso en marcha la operación y María Elena Sánchez Ortega pone como ejemplo este episodio en el municipio sevillano de Carmona "El 30 de julio se organizó el dispositivo que debía conducir a la prisión simultánea de todos los hombres, mujeres y niños gitanos que había en Carmona. A las cinco de la mañana el corregidor (figura administrativa que ejercía como alcalde o representante de la autoridad real ) reunió en su casa a todas las autoridades con el fin de dar lectura a las órdenes que había recibido (ya sabemos que hasta ese momento habían permanecido en un sobre lacrado con instrucciones de no abrirlo hasta ese mismo día) El oficial que había llegado un mes antes a Carmona distribuyó a los cincuenta soldados de su destacamento por las distintas calles donde habitaban las familias, cerrando la entrada . A la hora convenida, los soldados cayeron sobre los habitantes de las viviendas, sacándolos de sus casas y cerrándolas con llave. Se colocaron centinelas en estos lugares y los hombres, mujeres y niños fueron conducidos a la cárcel, donde se organizó una guardia preventiva"
En este mapa podemos ver la distribución de las familias gitanas en las localidades que ya vimos antes que tenían autorizado vivir. Por supuesto eran las familias que se habían establecido abandonando la vida nómada, pues los que seguían llevando esa vida nómada eran mucho más difíciles de controlar . Serían precisamente las familias más integradas y que, por lo tanto, estaban más controladas, las primeras perjudicadas por la Gran Redada (Imagen procedente de istopiahistoria.blogspot.com ) |
Es una descripción que casi nos hace recordar las redadas realizadas por los nazis en los barrios judíos durante la Segunda Guerra Mundial aunque por fortuna aquí no se buscaba su exterminio físico. Como veis , no se hizo distinción alguna entre aquellos gitanos que llevaban una vida nómada y aquellos que se hallaban establecidos en una población y estaban en proceso de integración. Todos tuvieron el mismo destino ¿De cuantas personas estamos hablando? Los números varían un poco según las fuentes que se consulten pero casi todos los que han tratado este tema la cifran entre nueve mil y doce mil personas. Y como señala Sánchez Ortega precisamente los peor parados fueron los gitanos que se hallaban establecidos, pues eran fácilmente localizables, lo que no sucedía con los nómadas " La medida - escribe Sánchez Ortega - terminó recayendo sobre los gitanos que representaban al sector más asimilado y laborioso de la minoría , puesto que los nómadas y acuadrillados no podían ser controlados con la misma facilidad que los asentados pacíficamente en los lugares asignados para ellos" Podéis imaginar las escenas que se producirían cuando los hijos mayores de siete años eran separados de sus madres y cuando los esposos eran separados a la fuerza. Hubo actos sorprendentes, como el que cita Manuel Martínez Martínez acerca de los gitanos de Vélez Málaga que fueron por propia voluntad a la prisión pues "ya sabían que se les había de prender, y que desde luego venían a que Su Majestad les mandase donde habían de ir". Se había previsto que los gastos originados por esta gran redada se sufragaran con lo obtenido de las subastas de los bienes de las familias gitanas, pero la mayoría de ellos tenían tan pocas posesiones que la mayor parte del gasto tuvo que ser pagado por las arcas del reino. Al tiempo el Consejo de Castilla comenzó a ser bombardeado con multitud de dudas y cuestiones procedentes de todo el reino y también se pusieron en marcha las reclamaciones de aquellos gitanos que podían alegar tener un oficio y hallarse asentados en una población, reclamaciones en las que contaban con el apoyo de mucha gente del pueblo "escribían los párrocos - cita Antonio Peñafiel - escribían los vecinos,escribían las familias". . Mientras a lo largo del mes de septiembre se fue enviando a los astilleros de Cádiz, El Ferrol o Cartagena a los gitanos, mientras que las mujeres eran distribuidas y concentradas en ciudades como Málaga, Valencia y Zaragoza , junto a sus hijos menores de siete años.
Grabado que recrea el Arsenal de La Carraca en la provincia de Cádiz donde fueron muchos de los gitanos capturados durante la Gran Redada y permanecerían allí en algunos casos hasta 1683 con el objetivo de paliar la escasez de mano de obra que tenían en ellos, pero los gitanos que llegaban allí carecían de los conocimientos técnicos necesarios para desempeñar esos trabajos por lo que más se convertirían en una carga para los astilleros que en una ayuda Según escribe José Luis Hernández Garvi en su artículo dedicado a la Gran Redada para la revista "Historia de Iberia Vieja" , ante las protestas de muchos de los gitanos trasladados a éste y otros astilleros, el Marqués de la Ensenada ordenó que "Se empleara mano dura contra los irreductibles, usando grilletes y castigos físicos cuando fuera necesario" (Imagen procedente de sanfernandoyyo.blogspot.com) |
Tampoco los directores de los astilleros estaban felices con aquel alud de personas que además de presentar el problema inmediato para su alojamiento y alimentación no estaban capacitados para el tipo de trabajo que debían desarrollar allí. Al respecto José Luis Hernández Garvi nos explica que " en el arsenal de Cartagena no había sitio para albergar a los seiscientos hombres que fueron enviados, encerrándolos en decrépitas galeras destinadas al desguace que sirvieron como prisión flotante". Algo parecido acontecía en el arsenal de La Carraca en Cádiz donde "hubo que habilitar las naves donde se almacenaba la estopa para albergar a los más de mil gitanos puestos bajo su custodia" y añade que ante aquel alud de personas "temiendo no poder garantizar su manutención y barruntando el peligro de un motín escribió al marqués de la Ensenada para pedirle encarecidamente que no el enviase más prisioneros" Y como señala Sánchez Ortega, lejos de ayudar en la construcción de los barcos , aquellos gitanos, que no tenían conocimientos para los trabajos en el astillero, se quedaban ociosos causando nuevos problemas, convirtiéndose más en una rémora que en un auxilio. Por su parte, las mujeres gitanas también protagonizaron motines como el que tuvo lugar en la Casa de la Misericordia de Zaragoza donde algunas lograron evadirse, mientras otras desgarraban sus ropas hasta quedar desnudas en señal de protesta. Además, como señala Manuel Martínez Martínez "otro problema importante fue la paralización de las administraciones locales ante el gran volumen de trabajo burocrático y contable que se generó" En septiembre el plan de la Gran Redada mostraba ya muchas grietas . El día 7 de aquel mes el marqués de la Ensenada decía que "Falta lo principal, que es darles destino con que se impidan tantos daños y extinga si es posible esta generación" . Estas palabras "extinga si es posible esta generación" resume cual era el objetivo de la Gran Redada. Pero el paso de las semanas fue mostrando como el grueso de los detenidos eran precisamente los gitanos que se hallaban asentados, con un domicilio estable y con oficio, mientras que los nómadas seguían en libertad.
Hoy se recuerda la Gran Redada como el episodio más oscuro de la historia del pueblo gitano en España y se realizan homenajes como éste organizado en la ciudad de Alicante . Manuel Martínez Martínez en su obra "Los gitanos y las gitanas a mediados del siglo XVIII" recoge uno de los muchos escritos de queja de los gitanos cautivos ,en este caso de un tal Juan Monteben que se encontraba encerrado con el resto de gitanos cautivos en la Torre del Trovador en la Aljafería de Zaragoza esperando destino "Juan Monteben , capitán de la compañía de gitanos que actualmente reside en la ciudad de Zaragoza aunque sin libertad por hallarnos presos; la cual , entre hombres, mujeres y niños somos 130 , todos juntos puestos a los pies de Vuestra Excelencia. Decimos como nos hallamos rabiando de hambre sin más socorro que cuatro cuartos diarios y medio pan de munición, con la obligación de tener que trabajar donde el intendente de ésta plaza ordena, sitiándonos de hambre por mar y tierra. Suplico a Vuestra Excelencia por Nuestra Señora del Pilar que Su Majestad, que Dios guarde, se digne a conferirnos libertad o aumento de sueldo que así lo esperamos merecer de la gran caridad cristiana de Vuestra Excelencia" (Imagen procedente de web.ua.es) |
Y así llegaba la orden de liberación para muchos de ellos el 28 de octubre de 1749 donde la Corona se justificaba con estas palabras "Teniendo siempre presente que no todos aquellos que por nombre o por origen se dicen gitanos han sido comprendidos en la Real Orden de Su Majestad, quien sólo ha querido desde el principio recoger a los perniciosos y mal inclinados ,pero no a los que han sabido con sus procederes confundir el mal eco de aquella delincuente voz" Ya hemos visto que éste no era el espíritu inicial de la Gran Redada cuando en las instrucciones del 30 de julio, apenas tres meses antes, se decía "Habiendo resuelto el rey se recojan a todos los gitanos avecindados y vagantes en estos reinos ) sin excepción de sexo, estado ni edad " Con esta modificación de la ley se rompía con el espíritu universal que animaba esta política de limpieza racial, En todo caso esta sucesión de órdenes, rectificaciones y contraórdenes no hizo más que aumentar la confusión que ya reinaba entre las autoridades locales de muchos municipios. que además ahora se veían obligados a devolver los bienes que se habían confiscado a las familias gitanas, bienes que en muchos casos ya habían sido subastados. Y sobre ello la dificultad para estudiar caso a caso para saber que gitanos debían ser liberados y cuales detenidos o enviados a los astilleros o a las minas de Almadén. Las liberaciones se irían sucediendo no sólo en las semanas y meses siguientes, sino que en ocasiones estas liberaciones se dilatarían años en espera de resolver cada caso particular. Algunos de los gitanos que fueron enviados a los arsenales de El Ferrol y Cádiz tendrían que esperar hasta 1783, treinta y cuatro años después, para ser liberados, y eso aunque el 6 de julio de 1765 la Secretaría de Marina había emitido la orden de liberar a todos los gitanos que siguieran presos ,lo que significaba que cientos de ellos llevaban entonces al menos dieciséis años encarcelados. Fuera como fuese , y como nos cuenta Sánchez Ortega, para finales de 1649 "el proceso de "extinción" de los gitanos se convirtió en el mismo estruendoso fracaso que las pragmáticas anteriores " pero hubo muchos damnificados por ella, en particular "aquellas familias más débiles económica y moralmente" El obispo de Oviedo y presidente del Consejo de Castilla, Gaspar José Vázquez Tablada, uno de los principales impulsores de la Gran Redada, tuvo tiempo para darse cuenta del fracaso de éstas medidas antes de su muerte aquel mismo año, el 29 de diciembre de 1749.
Retrato de Carlos III realizado por el pintor español Mariano Salvador Maella (1739-1818) en 1783. Con su reinado comenzó la auténtica política de integración del pueblo gitano pasando a ser considerados ciudadanos españoles y no un pueblo ajeno que debía ser expulsado y eso a pesar de que en la década de 1770 se llegó a debatir la posibilidad de deportar a parte de los gitanos a América, pero finalmente este planteamiento propuesto por el conde de Aranda fue descartado (Imagen procedente de https://es.wikipedia.org ) |
En la década de los años cincuenta del siglo XVIII cientos de gitanos seguían en prisión y Sánchez Ortega cuenta como "en 1755 hay noticias de que el intendente de Valencia envió a Cartagena a cuarenta niños gitanos entre los siete y ocho años de edad con el fin de emplearles en algún trabajo" Más sangrante es éste otro caso que refiere Sánchez Ortega, cuando el gobernador de los arsenales de Cádiz pidió permiso al rey Fernando VI para liberar a los gitanos que tenía bajo su custodia, alegando su buen comportamiento , pero la respuesta fue tajante "debía retenerlos sin límite de tiempo " Durante el reinado de Fernando V ya no se volvería a legislar sobre los gitanos y el rey fallecía el 10 de agosto de 1759. Le sucede en el trono su hermano, el rey Carlos III (1716-1788) durante cuyo reinado se dejará lentamente atrás la época más oscura del pueblo gitano en España , dándose pasos reales hacia la integración o, al menos, a una cierta normalización de su situación aunque todavía habría legislaciones que harían recordar los siglos pasados. Ya vimos que el 6 de julio de 1765 la Secretaría de Marina emitía la orden de liberar a todos los gitanos que siguieran presos como consecuencia de la Gran Redada . Un año después, en 1766, era nombrado como nuevo presidente del Consejo de Castilla Pedro Pablo Abarca, conde de Aranda (1719-1798) que presenta un proyecto en el que distribuye a los gitanos en cuatro grupos. Por un lado los niños hasta quince años, a los que proponía que fueran separados de sus padres y fueran educados en hospicios para alejarlos de las malas influencias de sus progenitores. Los niños debería trabajar durante diez años como aprendices sin salario mientras que las niñas estarían obligadas a servir como criadas. Una segunda división sería la de los gitanos solteros que serían enviados a las islas y a América para casarse con los indígenas. La tercera división sería la de las parejas casadas y todavía en edad de tener hijos que deberían ser repartidas a razón de una pareja, y no más, por localidad y con la prohibición expresa de no poder alejarse más de dos kilómetros de su lugar de residencia estando sujetos a la pena de muerte si lo hacía. Y por último los ancianos y los inválidos que serían repartidos por todo el país en parroquias donde pudieran vivir de la limosna.
Portada de la Pragmática de 1783 que inauguraba una nueva etapa en la relación entre el Estado y los gitanos. Como escribe María Elena Sánchez Ortega:
"La Pragmática de 1783 sirvió para romper el cerco que impedía la aproximación de los grupos gitano y no gitano y facilitar la incorporación de los gitanos en los pueblos y ciudades donde pudieron encontrar algún empleo productivo"
Aunque el futuro se presentaba con muchas dificultades atrás quedaba el período más oscuro de la historia de los gitanos en España
(Imagen procedente brunoalcaraz.blogspot.com )
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Según Sánchez Ortega éste proyecto fue votado por el Consejo el 10 de febrero de 1772 y el conde de Aranda, que no estaba presente por hallarse enfermo, envió una nota en la que expresaba que "Si se toma la resolución de extinguir esta casta libertina y criminal no ha de servir de embarazo el mayor coste cuando mediante el elevado y piadoso fin" , es decir, que lo que costase el proyecto estaba bien empleado si el reino se libraba de los gitanos. Por fortuna tampoco esta legislación saldría adelante. Y así llegamos al punto culminante en lo que se refiere a la relación entre la Corona y los gitanos con la Pragmática del 19 de septiembre de 1783 firmada por Carlos III y que es clave porque ella iba a regir la postura del Estado ante los gitanos hasta 1878. Es muy larga porque sólo voy a citar algunos artículos claves, y creo que el capítulo I de la pragmática recoge el gran cambio de actitud del Rey hacia los gitanos cuando enuncia que ya no serán tratados como una raza infecta "Los llamados gitanos no lo son por origen ni por naturaleza ni provienen de raíz infecta" Reitera en su artículo II la exigencia de que abandonen su lengua y sus formas de vestir diferentes del resto "No usen de la lengua, traje y método de vida nómada que han usado hasta el presente" pero ya no distingue unas penas especiales por ser gitanos sino que serán juzgados y tratados como cualquier otra persona, así lo establece el artículo X "Los que cometieren delitos después de su reforma y aplicación serán castigados como los demás reos de iguales crímenes sin distinción alguna" También se les permitirá desempeñar diferentes oficios , a diferencia del pasado en el que sólo podían trabajar en el campo , tal y como reza el articulo VII "abandonando la lengua, traje y método de vida se apliquen al oficio , ejercicio u ocupación honesta, sin distinción de la labranza o las artes" También se ocupa la pragmática del cuidado de los niños que serán apartados de sus padres cuando estos no cuiden de ellos o no tengan oficio , siendo enviados a hospicios para que reciban enseñanza y su manutención correrá a cargo de los ayuntamientos. En cuanto a los castigos son severos pero la pena de muerte o la amputación de las orejas será sustituida por "pena del sello en la espalda", una marca al rojo vivo , pero con la advertencia de que si reinciden serán condenados a muerte. Aunque hoy en día nos pueda parecer términos duros ya no se hablaba de deportación, ni de exterminio, ni de separación del resto de la población. Teniendo en cuenta de donde se venía, la Gran Redada ,era un importante paso adelante en la integración, un proceso que con muchos altos y bajos continuaría en los siglos siguientes. Pero eso ya será tema de otra historia. Me detengo aquí pues mi pretensión era llegar hasta la Gran Redada y contaros aquellos primeros y duros siglos desde la llegada de los primeros grupos de "egipcianos" en el siglo XV hasta esta Pragmática de 1783. Y quiero terminarla con aquella frase que citaba al inicio de esta historia, en su primera parte, del político español y perteneciente al pueblo gitano, Agustín Vega Cortés (1955) "Pueden existir pueblos que no tengan territorio, que no tengan ni siquiera la pretensión de tenerlo, pero si mantienen su cultura, su "sentirse pueblo", pueden existir durante siglos. El mundo está lleno de ejemplos que nos demuestran hasta qué punto eso es así; los gitanos somos uno de esos pueblos; no somos más, pero tampoco menos".
Enlace con la primera parte de La Gran Redada de 1749:
http://chrismielost.blogspot.com.es/2016/07/la-gran-redada-de-1749-primera-parte.html
Enlace con la segunda parte de La Gran Redada de 1749:
http://chrismielost.blogspot.com.es/2016/07/la-gran-redada-de-1749-segunda-parte.html
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